lunes, 26 de julio de 2010

CONTRA LAS RESTRICCIONES A LA LIBERTAD DE DISPOSICION INDIVIDUAL,SOBRE TODO MORTIS CAUSAS

El sabio Derecho Romano estableció la libertad de testar y la posibilidad,por tanto,del "pater familias" - hoy" causante,testador",para entendernos- de imponer el destino de sus bienes y de algo- mucho- más que solo los bienes en aras de una buena dirección y organización de la "familia"("La Familia Romana",no muy distinta de la actual en aquellos aspectos en que los padres se ven obligados a recoger en el domicilio familiar hasta muchos años a sus hijos mayores ,emancipados y ya profesionales por razones de todo tipo,entre ellas: de realización:personal,profesional,de pareja, en un mercado de trabajo en crisis y saturado , y al que se mira menos por "mi "aportación y enriquecimiento al mismo que por la contraprestación- por pequeña que sea - de" mi" estancia en el puesto de trabajo,"mi puesto").-
La Separación de bienes - como régimen ecónomico en las convivencias de cualquier tipo,llámense matrimonios o no(Nótese: las Iglesias más occidentales:Luteranas,Anglicanas,Romanas... ,nunca se han pronunciado expresamente acerca de este régimen,aunque,por otra parte sociológicamente y contra el seguro de vida y el testamento siempre ha existido cierta prevención" No hago testamento porque no me encuentro bien de salud"(sic)) y la libertad de testar - la libertad individual de disposición de cualquier tipo de bienes,- son derechos individuales que ningún código civil debe limitar.- Aragón y Navarra en España son y han sido siempre ejemplos a seguir en estas materias.-
La "comunidad de sangre" a la germánica,o sea "el ius sanguinis" y el concepto tribal de la familia - que tuvo su sentido - hoy, vigente inexplicablemente en el antiguo Reino de Castilla- León,en España a través del Código Civil General,en muchas otras zonas de la Nación española y en muchas otros Países germánicos ,se mantiene ,a nivel de limitaciones a la libertad de disponer en testamento o por actos "inter vivos" pero en verdad en contra de quién mejor aproveche esos esfuerzos en la Vida.-Hoy la Libertad de Testar y de Disponer y la eliminación del Sistema -de origen Germánico - de Legítimas constituye un apoyo a la libertad individual ,al crecimiento ecónomico y a la loable sanidad de los descendientes,aunque lógicamente este sistema debería introducirse según "culturas" y "costumbres",progresivamente o no.- Estamos hablando de un"espacio común jurídico mínimo europeo" y debemos empezar,por tanto,por el Derecho Civil...de ahí que todo nacionalismo que se precie empieza por un"Código civil" ,en el caso catalán,por ejemplo,o aragonés,por otro ejemplo,con culturas juridico privadas absolutamente propias y,como Navarra o las Vascongadas.-Aunque realmente- hoy,no desde luego en en un ambiente - con un vá y un viene - consolidado de liberalismo más o menos social y ecónomico- España,Europa,EE.UU.,con diversos grados-,o colectivista y sin libertades de ningún tipo ,individual ,social o institucional dado el nacionalismo anti todo,incluso los "TOROS", -el fino arte de lidiar un Toro Bravo cara a cara - , quedan pocos márgenes de maniobras para la politiquería y salvo cuestiones como el divorcio o los matrimonios o las adopciones...restan las sucesiones pero sin restricciones: del hijo o hijos mejores,de la empresa trabajada,del concepto de dirección de empresa familiar, de la empresa,en fin...de toda la vida o de toda una vida o vidas....pero con la misma libertad que han de regir los actos inter vivos.
¿En qué debe diferenciarse un "Pater Familias Romano - culto y a su vez transmisor de cultura, de economía y poder,milicia y civilización- de un Empresario moderno- familiar o no- ,que no un truhán o un bluff mal encantador.-
Abandonemos las legítimas y las restricciones a la libertad de disponer en cualquier momento y de cualquier forma en los Países en que la libertad de testar está en cuestiones y volvamos a las sabias costumbres y a las leyes romanas en esta materia.-
Iñigo Romero.-Chairman.-

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